Se ha publicado en la página web del Ministerio de Hacienda un Proyecto de Orden (PDF) para modificar la Orden de módulos para 2012 derivada de la reciente subida del IVA y de los cambios en los tipos impositivos a aplicar en determinados productos o servicios.
Para simplificar los cálculos se ha dispuesto, para los módulos no monetarios, una tabla única que incorpora el aumento de tipos distribuido a lo largo de todo el año, que evitaría la utilización de dos tablas, una hasta el 31 de agosto con los módulos en vigor antes del aumento y otra desde esa fecha hasta el 31 de diciembre, con la subida ya aplicada.
De todas formas se dispone que la utilización de la tabla derivada de la presente Orden se hará exclusivamente en los cálculos de la cuota correspondiente al cuarto trimestre, que serviría de regularización, por lo que para la cuota del tercer trimestre, a pagar en octubre, se aplicarán los módulos en vigor hasta ahora.
Los sujetos pasivos que hayan cesado su actividad antes del 1 de octubre de 2012 o los que opten por la renuncia extraordinaria al régimen simplificado que se contempla en esta Orden aplicarán la tabla que estaba en vigor hasta ahora, por lo que no les afectará el aumento de tipos.
Se establece un plazo especial de renuncia, desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden y a lo largo del mes de noviembre de 2012 y que tendrá efectos desde el 1 de octubre de 2012, para los titulares de las actividades afectadas por los cambios.
Este es un proyecto de orden por lo que no es definitivo. Cuando se publique la orden daremos a conocer su contenido por si hubiera alguna diferencia con éste.