Los afectados por las cláusulas suelo deberán tributar por los intereses de demora y actualizar las deducciones.
11/01/2017 17:00
Aquellos afectados que, como consecuencia de la aplicación de una cláusula suelo opaca en su contrato hipotecario, reciban una devolución por parte de la entidad bancaria que llevó a cabo este cobro indebido, deberán regularizar su situación con Hacienda por, al menos, dos vías.
Así consta en una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos que, en respuesta a la pregunta de una banco que debía reintegrar dinero a un afectado, señala que "la devolución al consultante (...) no constituye renta alguna sujeta el Impuesto". Sin embargo, "en el caso en que tales cantidades hubieran formado parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual practicada por el contribuyente, se perderá el derecho a practicar la deducción en relación con las mismas, lo que le obligaría a regularizar su situación tributaria".
Esto supone que aquellos afectados que llevaron a cabo una deducción por vivienda, y que ahora reciban una devolución por lo pagado de más en su hipoteca, tendrán que reducir en una cantidad proporcional la deducción. O dicho de otro modo: tendrán que devolver el exceso a Hacienda integrando este importe en la cuota líquida del año en el que lo reciban, tal y como informa Europa Press.
Posible modificación en el Código de Buenas Prácticas
Este documento de la Dirección General de Tributos, que está fechado en noviembre de 2016, esto es, un mes antes de que la justicia europea decretase la retroactividad total de las clausula suelo, coincide con lo señalado por Cristóbal Montoro. "Los cálculos son que el impacto puede llegar hasta los 4.000 millones, y de esa cifra una parte le pertenece a Hacienda", aseguró el ministro de Hacienda poco después de conocerse la sentencia.
Sin embargo, desde el mismo Ministerio también puntualizan que que el proceso de tributación apuntado es, efectivamente, el que se está llevando a cabo en este momento. Sin embargo, estas mismas fuentes apuntan que podría sufrir alguna modificación que se incluya en el Código de Buenas Prácticas que prepara el Gobierno.
Posible prescripción
Pero, en todo caso, hay que tener muy en cuenta un punto básico: la prescripción. Según el Sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), "muchas de las devoluciones corresponden a años anteriores a 2013, por lo que habrán prescrito". La prescripción se produce cuatro años después desde que finaliza el plazo de declaración, lo que supone que "el año 12 prescribe en junio de 2017".
Enlace y fuente de información:http://www.elmundo.es/economia/2017/01/11/587654f8ca4741896e8b458a.html