PREGUNTA.- He comprado unas acciones en este año 2012, y quería venderlas en breve para así obtener importantes ganancias. Tengo la duda de si es mejor vender antes de que acabe el ejercicio 2012, y declarar las ganancias patrimoniales obtenidas en mi próxima declaración de IRPF (junio de 2013), o esperar a 2013. ¿Va a cambiar la tributación de las ganancias patrimoniales?
RESPUESTA.- Efectivamente, en el ejercicio 2013 va a haber sustanciales modificaciones en la tributación de las ganancias patrimoniales. Como a continuación explicaremos, dichas modificaciones tienen por objeto la penalización de las operaciones de compra y venta que se realicen con una finalidad puramente especulativa.
Así, a partir de 2013, las ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de la transmisión de inmuebles, acciones, participaciones, etc..., que se hayan poseído durante un período inferior al año, pasarán a tributar en la parte general del IRPF, y no en la base imponible del ahorro.
La diferencia es sustancial, ya que la inclusión de dichas ganancias patrimoniales en la parte general de la base imponible del impuesto hará que tributen a escala, pudiendo alcanzar el tipo impositivo del 52% (o más en función de la Comunidad Autónoma de residencia), dependiendo del importe de la propia ganancia, y del resto de rentas declaradas que tributen también en dicha parte general.
La tributación en la base imponible de ahorro sin embargo nunca tributará por encima del 21%, 25% o 27%, en función del importe de la ganancia patrimonial declarada.
Por tanto, si quiere vender algún elemento patrimonial que posea durante un período inferior al año, y la ganancia que prevé obtener es elevada, debe hacerlo ahora, antes de que finalice el ejercicio, o en 2013, una vez haya transcurrido más de un año desde la fecha en la que se adquirió.
Fuente: Ático jurídico
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